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El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que se establece el calendario laboral de aplicación en el ámbito de la Comunitat Valenciana para el año 2021.

Se declaran, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, días inhábiles, a efectos laborales retribuidos y no recuperables: – El 1 de enero (Año Nuevo) – El 6 de enero (Epifanía del Señor) – El 19 de Marzo (San José) – El 2 de abril (Viernes Santo) – El 5 de abril (Lunes de Pascua) – El 1 de mayo (Fiesta del Trabajo) – El 24 de junio (día de San Juan) – El 9 de octubre (Día de la Comunitat Valenciana) – El 12 de octubre (Fiesta Nacional de España) – El 1 de noviembre (Fiesta de Todos los Santos) – El 6 de diciembre (Día de la Constitución) – El 8 de diciembre (día de la Inmaculada Concepción) – El 25 de diciembre (Natividad del Señor). Un año más, se establece como festivo con carácter retribuido y recuperable el 24 de junio, día de San Juan. Las corporaciones locales podrán asimismo elegir otros dos festivos.

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