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NOTA DE PRENSA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR El Consejo de Ministros ha acordado este lunes declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección...

NOTA DE PRENSA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

El Consejo de Ministros ha acordado este lunes
declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil
(ZAEPC) 28 comarcas dañadas por distintos fenómenos meteorológicos
adversos e incendios forestales registrados en las comunidades autónomas de
Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunitat
Valenciana, Illes Balears, Comunidad de Madrid y Región de Murcia durante
este mes de septiembre.
Entre estas emergencias destaca la depresión aislada en niveles altos (DANA)
que provocó precipitaciones persistentes, generalizadas y en algunos puntos de
extremada fuerza desde la madrugada del día 2 de septiembre, que causaron la
muerte de ocho personas y numerosas incidencias en prácticamente todas las
provincias de las comunidades autónomas afectadas.
Las lluvias torrenciales produjeron además inundaciones en calles, bajos,
garajes y carreteras, desprendimientos, cortes puntuales de electricidad y
problemas de circulación de trenes, así como numerosos daños en
infraestructuras y en bienes públicos y privados, cultivos y explotaciones
agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas.
La decisión del Consejo de Ministros abre la vía para que los afectados por estas
emergencias puedan solicitar las ayudas previstas para paliar daños personales;
daños materiales en vivienda y enseres y en establecimientos industriales,
mercantiles y de otros servicios; así como las que corresponden corporaciones
locales cuyos territorios se vieron afectados por las lluvias.
Estas ayudas se conceden con apoyo en el principio de solidaridad interterritorial
y de manera subsidiaria, para complementar las actuaciones que, en ejercicio
de sus competencias, tienen encomendadas de las comunidades autónomas.
AYUDAS DIRECTAS
Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, previstas en el Real
Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio
del Interior, son las siguientes:
• Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000
euros.
• Ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste
con un límite de 2.580 euros.
• Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños,
con un máximo de 15.120 euros.
• Ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50% de los daños,
con un máximo de 10.320 euros.
• Ayudas por otros daños en la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un
máximo de 5.160 euros.
• Ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios:
el 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.
• Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones
personales y de bienes: el importe total de los gastos.
• Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de
servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224
euros.
• Ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones
inaplazables: entre el 50% y el 100%, según los casos.
• El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de
las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para
duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de
vehículos siniestrados.
OTRAS MEDIDAS
• Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará
la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción
en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a
los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños
personales.
• Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y
Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán
desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y
exenciones de cuotas de Seguridad Social.
• Ayudas a las corporaciones locales: el Ministerio de Política Territorial
concederá ayudas, por un importe de hasta el 50%, a los proyectos que
ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y
equipamientos municipales.
• Daños en infraestructuras públicas y dominio público: los restantes
ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de
actuación especial, así como la emergencia de las obras, para reparar los
daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio
público.
• Es importante señalar que las ayudas por daños en explotaciones agrarias
no están recogidas en este acuerdo, pues están cubiertos por un sistema
propio de aseguramiento, como es el Sistema de Seguros Agrarios
Combinado, que se ha ido ampliando progresivamente, para cubrir, incluso,
infraestructuras, y que permite atender las necesidades del sector agrario
ante este tipo de catástrofes naturales. Lo que sí prevé el acuerdo es la
disminución de los módulos de IRPF para los afectados por este tipo de
daños.

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