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RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se dispone el funcionamiento de la Escola Oficial d’Idiomes El Maestrat, de Vinaròs, código de centro 12007279. [2018/9550]

(DOGV núm. 8405 de 18.10.2018) Ref. Base Datos 2018/9550
El Decreto 147/2018, de 14 de septiembre, del Consell, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 19 de septiembre, por el que se crea la Escola Oficial d’Idiomes El Maestrat, en Vinaròs, autorizó a la conselleria competente en materia de educación para adoptar las medidas necesarias para su cumplimiento y desarrollo.

Es procedente ordenar el inicio de las actividades del centro de nueva creación, determinar las enseñanzas que se imparten y adoptar las medidas necesarias para que pueda desarrollar su actividad académica.

En uso de las competencias que me otorga el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Consejería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Centros y Personal Docente, resuelvo:

Primero

1. El inicio de las actividades de la Escola Oficial d’Idiomes El Maestrat, de Vinaròs, código 12007279, desde el inicio de curso 2018-2019.

2. En este centro se han de implantar los siguientes idiomas y niveles:

– Alemán (A2, B1, B2)

– Francés (A2, B1, B2)

– Inglés (A2, B1, B2, C1)

Segundo

La Dirección General de Centros y Personal Docente determinará el procedimiento para la adscripción definitiva, con efectos de 1 de septiembre de 2019, del personal docente que, como consecuencia de la creación de la Escola Oficial d’Idiomes El Maestrat por desglose de la Escola Oficial d’Idiomes de Castelló de la Plana, deba prestar sus servicios en la nueva escuela.

Para el actual curso 2018-2019, estudiada la plantilla y no siendo posible la adscripción definitiva del profesorado con el curso ya iniciado, se han creado los puestos necesarios correspondientes a las enseñanzas desglosadas para realizar las adscripciones provisionales en el centro nuevo.

Tercero

La Dirección Territorial de Educación Investigación, Cultura y Deporte de Castellón nombrará el equipo directivo del centro, de conformidad con lo que establecen los artículos 131 y siguientes de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Cuarto

La Dirección General de Centros y Personal Docente determinará y gestionará los fondos necesarios para la puesta en funcionamiento y mantenimiento de la escuela. Asimismo, la dotará con el equipamiento necesario, de acuerdo con la propuesta de la Dirección Territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y de conformidad con la dirección general competente en la materia.
Quinto
Lo que establece esta disposición se inscribirá en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.
Sexto

Se autoriza a las direcciones generales de esta conselleria para que, en el ámbito de sus competencias respectivas, adopten las medidas necesarias para la aplicación y el desarrollo de lo que dispone la presente resolución.

Séptimo
Esta resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y producirá efectos desde el inicio del curso escolar 2018-2019.

De acuerdo con lo que establecen los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá presentar, potestativamente, un recurso de reposición o bien plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y delante de los órganos que se indica a continuación:

a) El recurso de reposición se habrá de interponer ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.

b) El recurso contencioso-administrativo se habrá de interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

València, 15 de octubre de 2018.– El conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, p. d. (R 26.10.2016; DOGV 7906, 28.10.2016), el secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.

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