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APNAL critica la eliminación de vegetación y puntos de agua en desembocadura del riu Sec en Benicarló APNAL critica la eliminación de vegetación y puntos de agua en desembocadura del riu Sec en Benicarló
NOTA DE PRENSA “Un año más, la desembocadura del riu Sec , su vegetación y sus puntos de agua, han sido eliminados... APNAL critica la eliminación de vegetación y puntos de agua en desembocadura del riu Sec en Benicarló

NOTA DE PRENSA
“Un año más, la desembocadura del riu Sec [Benicarló (Castellón). España], su vegetación y sus
puntos de agua, han sido eliminados por maquinaria pesada a la acción de las nefastas políticas
litorales de los organismos públicos (váyase a saber quien de todos o todos juntos: Ayto. de Benicarló,
Departamento de Costas, Confederación hidrográfica del Júcar, Consellería de Medio Ambiente,…).
¿Acaso no sabían que es un espacio natural protegido por la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de
espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana y por el Plan de Acción Territorial e
Infraestructura Verde del litoral (PATIVEL)?”


Un año más, el Ayto de Benicarló ha permitido y potencia que la desembocadura del riu Sec y sus láminas de agua,
sean alteradas para preparar las playas de cara a la época estival. Lo que no está tan claro son las razones que
obliguen a destruir este paraje natural protegido e importante corredor verde, reconocido por el propio PATIVEL.
Para los que áun no sepan que las leyes existen y deben ser respetadas, la balsa de aguas salobres de la
desembocadura del riu Sec es un humedal protegido de acuerdo con la Ley 11/1994 de Espacios Naturales
Protegidos de la Comunidad Valenciana, que en su última modificación, de 5 de octubre de 2016, dice:
“CAPÍTULO III
Protección de otras áreas
Artículo 15. Zonas húmedas.
1. Son zonas húmedas, a los efectos de la presente ley, las marismas, marjales, turberas o aguas rasas, ya sean permanentes o
temporales, de aguas estancadas o corrientes, dulces, salobres o salinas, naturales o artificiales, así como cualquier otro espacio
de características análogas, con independencia de la denominación que reciba.
2. Las zonas húmedas deberán ser preservadas de actividades susceptibles de provocar su recesión y degradación, a cuyo fin los
terrenos incluidos en las mismas serán clasificados, en todo caso, como suelo no urbanizable sujeto a especial protección, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1992, de 5 de junio, sobre suelo no urbanizable”.
Si a esto le unimos que la zona forma parte de un cauce público, que es una zona de dominio público marítimo
terrestre y que hasta el famoso y controvertido Plan de Acción Territorial de Infraestructura Verde Litoral de la
Comunitat Valenciana-PATIVEL, considera la zona como un importante corredor ecológico, pues más grave se nos
antoja la alteración de este espacio con o sin las perceptivas autorizaciones administrativas. Pues no hay razón
lógica que obligue a actuar de esta forma tan severa sobre un espacio natural litoral y en contra de las
planificaciones verdes reinantes.

Para los que aún no sepan que hasta el más mínimo espacio natural es fuente de vida, les diremos que la lámina de agua dulce de la desembocadura es una importante zona para el desarrollo de ciclos vitales de numerosas especies de insectos, anfibios, aves y mamíferos. Son abrevaderos naturales para aves y mamíferos durante el verano; son zonas de alimento para especies insectívoras; son zonas de descanso para especies migratorias y aves marinas (en la zona era habitual la gaviota de audouín), etc.
Les diremos que el agua salobre permitirá que se cree vegetación típica (saladares litorales) y fomentaremos la cría de chorlitejos y otras especies protegidas que hoy en día están en grave recesión de sus poblaciones por alteración de sus hábitats.
Les diremos que las desembocaduras de los ríos y ramblas mediterráneas están a merced de los procesos naturales de avenidas y escorrentías tras las lluvias y de los temporales marinos. De tal manera que invertir dinero público en laminar y nivelar cordones de gravas o tapar láminas de agua, es un auténtico despilfarro económico
innecesario y sin sentido. Mejor se hubiera utilizado el dinero público en retirar residuos y basuras que alteran el
espacio natural o retirar la carretera que cruza la desembocadura o zona inundable, para construir un puente, sin
ojos, que tenga varias funciones básicas: evitar los impactos sobre la desembocadura; eliminar zonas de riesgo por
inundación para los ciudadanos; permitir la regeneración natural de la desembocadura; potenciar la educación
ambiental sobre este espacio natural tan importante; crear un acceso peatonal sin riesgo inundable, etc.
Un año más, Ecologistas en Acción muestra su oposición a estas nocivas actuaciones litorales que no benefician ni
al litoral, ni a la biodiversidad ni a la humanidad. Además, informamos que se han denunciado estas actuaciones
ante las administraciones públicas pertinentes y solicitamos la dimisión o cese inmediato de los responsables
públicos que hayan autorizado este tipo de agresiones al litoral.

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